Las nuevas medidas reflejan la reapertura de centros deportivos de alto rendimiento con algunas medidas de higiene
Hoy el ministro Salvador Illa ha comunicado las provincias que pasarán a la Fase 1 de la desescalada, mientras que la Comunidad de Madrid y el área metropolitana de Barcelona se mantendrán en la Fase 0.
El ministro, también ha comentado algunas nuevas medidas que se implementan en la fase 0 en estas zonas.
Hay que resaltar, que estas zonas siguen en la Fase 0 por lo que las medidas impuestas hasta el momento se mantienen excepto las que se exponen a continuación
Nuevas medidas Fase 0
- Apertura del comercio minorista sin cita previa, siempre preservando horarios para los mayores de 65 años,
- Reactivación progresiva de servicios sociales, labores de desinfección y trabajo administrativo de centros educativos y universidades.
- Reapertura de aquellas instalaciones científico técnicas que están cerradas
- Se permiten algunas actividades culturales como el prestamos de libros en bibliotecas o la apertura de museos con limitaciones con un tercio de aforo.
- Reapertura de centros deportivos de alto rendimiento con algunas medidas de higiene
- Velatorios con 10 personas (3 hasta ahora) con medidas que garanticen la separación; también los lugares de culto se pueden reabrir con un tercio de su aforo.
- Se permitirá hacer deporte a los federados por la provincia en la que residen
En la Fase 1, también se han añadido nuevas medidas.
- Se permite la caza y pesca
- La limitación de 400 metros para los locales comerciales sigue vigente, pero los mayores de esa extensión podrán hacer una delimitación de 400 metros y abrir así;
- Reapertura de los centros de día, aunque queda a expensas de las decisiones de cada comunidad autónoma
¿Que se permite en las Fase 0 y 1 para los deportistas?
El 16 de mayo, se ha publicado una modificación de la orden SND/388/202 publicada el pasado 3 de mayo, que regula la actividad de los deportistas profesionales y federados
Los deportistas federados podrán entrenar 2 veces al día entre las entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia.
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