58 ciclistas atropellados en España en 2016, el gobierno se compromete a estudiar la reforma del código penal

El pasado jueves el ministro de Justicia Rafael Catalá informó que iban a estudiar una reforma del Código Penal para evitar que una persona que atropelle a un ciclista y se de a la fuga no sea condenado.

Este es el caso de Oscar Bautista un ciclista que falleció en 2013 cuando circulaba en bicicleta y que el conductor que le atropello salió huyendo y a día de hoy sigue sin condena.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, se ha reunido en la sede del Ministerio con Anna González, viuda de Óscar Bautista, ciclista que murió arrollado por un camión en octubre de 2013. González le ha entregado las más de 180.000 firmas recogidas a través de la plataforma Change.org, con las que se solicita la reforma de los artículos del Código Penal que regulan el homicidio por imprudencia y la omisión del deber de socorro

Anna Gonzalez, la viuda del fallecido ha conseguido 188.000 firmas en la iniciativa #porunaleyjusta para conseguir que el gobierno tome cartas en el asunto y así modifique el código penal para evitar que vuelva a ocurrir casos como este.

Les pido a los políticos que ahora no se frenen, que no tengan miedo y miren de reojo a ver quién da el primer paso, todos tienen que darlo a la vez. Y a los ciclistas que no me abandonen porque hemos llegado muy lejos gracias a ellos. Queda poco pero hay que seguir presionando” comento Anna a RTVE en una entrevista.

Catalá se ha comprometido a estudiar si cuando se produce un incumplimiento grave de las normas de circulación, como ha ocurrido en este caso, cabría perfeccionar su calificación dentro de las imprudencias tipificadas como graves.

El ministro se ha mostrado dispuesto también a revisar si el concepto de omisión del deber de socorro, tal como está tipificado actualmente, es insuficiente para la atención a las víctimas de accidentes de tráfico, habida cuenta del especial riesgo que la conducción implica, y en su caso, introducir una obligación de asistencia adicional, especialmente en el supuesto del fallecimiento de la persona accidentada.

De esta forma podría evitarse la circunstancia, como ha declarado la jurisprudencia del Tribunal Supremo, de que cuando se produce el fallecimiento instantáneo de la víctima, como en el caso de Óscar Bautista, no puede haber delito de omisión del deber de socorro al tratarse de un delito imposible por no haber una persona viva en situación de desamparo

Puedes consultar la nota de prensa enviada por el ministerio en este enlace

Foto:abc Sevilla

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